ANTONA SERVICIOS de INGENIERÍA e INSTALADORA

INSTALACIÓN PUNTOS RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

GESTIONAMOS CONTIGO LAS AYUDAS DEL PLAN MOVE III

AYUDAS “Plan MOVES III” o programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible tiene como uno de sus objetivos subvencionar la implantación de la infraestructura de puntos de recarga para vehículos eléctricos.

  • Puntos de recarga.
  • Proyecto, Ingeniería, dirección de obra.
  • Obra civil.
  • Costes instalación (instalación o actualización de cualquier elemento eléctrico): bandejas, tubo, cableado eléctrico, de comunicación e internet, sistemas de gestión de carga…
  • Costes permisos.
  • Preinstalación eléctrica.

Subvenciones de hasta el 70% en la instalación eléctrica de tu punto de recarga.

SOMOS INGENIERÍA
SOMOS INSTALADORA

ESTUDIO

Definimos la instalación a realizar

GESTIÓN

Indicamos y gestionamos los trámites de comunicación

EJECUCIÓN

Puesta en marcha.

Legalizamos la instalación.

Garantía de material e instalación.

OPCIÓN de Mantenimiento

PARKING PARTICULAR

PUNTO DE RECARGA en aparcamiento comunitario

Cargador individual en el aparcamiento

Vivienda unifamiliar

Conexión a panel Fotovoltaico

Check Icon ARQUITECTURAS
Check Icon ADMINISTRADORES FINCAS
Check Icon COMUNIDAD PROPIETARIOS

PARKING COMUNITARIO

PUNTO DE RECARGA Múltiples

Conexión a contadores particulares

o

contador único con gestión informatizada

Conexión a panel Fotovoltaico

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué pasos debo realizar para instalar un punto de recarga en un aparcamiento comunitario?

Una vez definida la instalación eléctrica a realizar para instalar un punto de recarga en una plaza de aparcamiento en concreto, se debe comunicar a la Comunidad de Propietarios a través del Administrador de Fincas.
La comunicación se realiza a través de un escrito y una memoria que define la instalación a realizar.

La Comunidad de propietarios tiene 30 días, desde la notificación, para contestar o proponer una alternativa ya sea de la instalación presentada, o bien, una propuesta comunitaria. Transcurrido dicho tiempo, se puede realizar.

La comunidad, ¿puede denegarme la instalación de punto de recarga.?

Según la reforma del «Libro V del Código Civil de Catalunya», relativa al Régimen de Propiedad Horizontal, la Comunidad no puede denegar la realización de la instalación para alimentar puntos de recarga. Si proponer alternativas viables a la instalación, o bien, una instalación eléctrica comunitaria para todos los usuarios del aparcamiento. En este, caso el coste se repararte entre la comunidad del aparcamiento.

Si realiza una propuesta de instalación comunitaria tiene un plazo de 2 meses para realizarla.

¿Qué tipo soluciones de instalaciones hay para realizar una alimentación punto de carga?
Para un usuario, un punto de carga individual. Generalmente el cargador del vehículo eléctrico se alimenta desde el contador de la vivienda asociada al aparcamiento, o bien, un nuevo contador si el usuario no pertenece al edificio de viviendas.

En ambos casos, el contador es monofásico.

Para instalaciones comunitarias:

Pre-instalaciones infraestructura alimentadas desde los contadores de las viviendas asociadas al aparcamiento y/o nuevos contadores para las plazas de aparcamientos que no pertenecen a la finca.

Instalaciones eléctricas parciales o totales a las plazas de aparcamientos que requieren una gestión de los puntos de carga eléctrica a través de programas informáticos. Deberá existir un gestor para el control de gastos de cada plaza.

Dichas instalaciones requieren un estudio de las soluciones a adoptar.

¿Qué potencias tienen los cargadores eléctricos de vehículos eléctricos?
Los cargadores disponen de dos potencias de instalación 3,7 y 7,4 Kw. Depende de la instalación y usuario se podrá elegir una u otra. A definir.
¿Debo aumentar la potencia eléctrica a contratar? ¿Qué ocurre si se corta la electricidad por culpa del cargador eléctrico.?
Responderemos para el caso particular, ya que el comunitario es más complejo.

Según caso, puede ser necesario aumentar la potencia a contratar, pero para instalaciones de potencias 4,4 K y potencia de punto de recarga 3,7 Kw no sería necesario entendiendo la realidad existente. No obstante, se debe analizar cada caso y optar por la solución más adecuada.

Si se debe aumentar la potencia y adecuar la instalación eléctrica, ANSEI GRUP, se lo realiza, previa aceptación de presupuesto.

En caso, de corte de electricidad por consumo, debería saltar la protección del cuadro eléctrico del punto de recarga del Vehículo eléctrico. Dicho cuadro debe tener una protección rearmable obligada por normativa que nosotros, ANSEI GRUP, instalamos, pero muchos otros no. Esta protección hace saltar si el consumo se excede y se rearma posteriormente sólo al disminuir el consumo. Por lo que puede haber cortes de corriente, pero no hace falta ir al cuadro del aparcamiento para rearmarlo, sino que lo realiza automáticamente y recupera la corriente en la vivienda al disminuir el consumo.

Mejor solución, dispositivo llamado control dinámico de carga, que evita exceder de la potencia contratada y con ello cortes de corriente (protección general) en la vivienda.

¿Qué diferencia hay entre una instalación desde un contador del titular o desde un contador comunitario del aparcamiento? ¿Cómo se facturan? ¿Cómo se reparten los gastos de los consumos de cada usuario?
Un punto de carga (un único usuario). La facturación del consumo es a través de la factura de la comercializadora eléctrica del propietario (habitual de la vivienda).

Instalación comunitaria. La facturación de cada plaza se determina por los nuevos contadores que se comunican con el software instalado, para poder determinar y repartir el gasto según el consumo realizado por cada plaza. Generalmente esta información la gestiona una empresa, en este caso nosotros, y facilitamos la información al administrador para que se realice el pago correspondiente de cada plaza de aparcamiento.

¿Existen subvenciones para las instalaciones de puntos de recarga o infraestructura comunitaria?

A fecha 2023 existe el PLAN MOVES III vigente hasta el 31 diciembre 2023, o hasta, que se acaben los fondos otorgados, que subvencionan las pre-instalaciones, instalaciones, obra, etc. Pudiendo llegar hasta un 80 % en pequeñas poblaciones, y resto 70%.

https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/programa-moves-iii

https://icaen.gencat.cat/ca/energia/ajuts/mobilitat/pla-moves-iii

¿Qué documentación mínima que se debe disponer al final?
Un escrito y memoria como notificación de la instalación a la Comunidad.

Una memoria técnica de diseño de la instalación eléctrica realizada para el punto de carga del vehículo eléctrico.

Certificado eléctrico del instalador.

Para instalación de infraestructura puede ser necesario, un proyecto eléctrico y un certificado final de instalación de ingeniería.

Todo ello, lo realiza ANSEI GRUP – INGENIERIA ANTONA y se facilita al final.